Vamos a responder a cinco preguntas que frecuentemente nos hacen nuestros clientes para tratar de aclarar cómo afecta actualmente a nuestro software de facturación la Ley Antifraude.

1 – ¿Qué cambios debemos realizar al software para garantizar el cumplimiento de la ley?

Si bien los desarrolladores continúan a la espera de la publicación del reglamento definitivo que aclare que requisitos tendrán que cumplir para que sus sistemas informáticos puedan obtener la certificación, la ley ya adelanta dos modalidades para garantizar el cumplimiento de la ley:

Mediante la implementación de una serie de requisitos en el programa de facturación que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones. Entre los requisitos a implementar se propone el encadenamiento de datos de facturas, las huellas digitales del contenido de las mismas, el empleo de códigos QR que facilitan la captura y digitalización de la información impresa, la estandarización de formatos de los datos o el uso de firma digital para asegurar el no repudio de los justificantes.

Implementar en el software de facturación un sistema de envío de facturas similar al que se usa con el SII o TicketBAI con el fin de asegurar que las facturas no se alteran, su legibilidad y su conservación. De momento, no es obligatorio pero los programas deberán tener la posibilidad de dicho envío puesto que Hacienda puede requerir en cualquier momento a cualquier obligado que le envíe las facturas de un período. Además, si el día de mañana fuera obligado, el sistema ya estaría preparado.

2 – ¿Qué requisitos hay que cumplir para certificar un software ante la Agencia Tributaria?

Actualmente, estamos a la espera de la publicación de un reglamento que establezca que requisitos deben cumplir los sistemas informáticos para que puedan obtener la certificación en el cumplimiento de las obligaciones que establece la ley.

Las medidas que se establezcan estarán encaminadas a garantizar la integridad, conservación, legibilidad, trazabilidad, accesibilidad e inalterabilidad de los registros.

3 – ¿Será obligatoria la comunicación de factura a la Agencia Tributaria antes de entregarla?

No está previsto hacer obligatorio el suministro de todas las facturas en tiempo real, aunque si será obligatorio que el software tenga el potencial de enviarlas por si en algún momento hacienda las requiere o para estar preparados si la ley cambia y resulta obligatorio el envío.

4 – ¿Qué ocurre con las empresas que emiten sus facturas usando Excel?

Las empresas que emitan facturas usando el Excel tendrán que empezar a usar un software que este adaptado a la Ley Antifraude. Los que no quieran invertir en una aplicación para facturar, la Agencia Tributaria les facilitará una plataforma desde la cual podrán facturar.

5 – ¿Cómo eliminó una factura que envié por error?

Con una factura rectificativa.